La OSHA aclara: Los conductores solitarios de camiones no están sujetos al mandato de vacunación de Biden

Photo: Jim Allen/FreightWaves

(Nota del editor: este artículo se publicó poco antes de que el Tribunal Supremo bloqueara la aplicación de la norma de la OSHA. Se puede encontrar un artículo sobre ese hecho aquí.)

El llamado mandato de vacunación en el lugar de trabajo propuesto por la administración Biden no se aplica a los camioneros solitarios, según las nuevas directrices dictadas por la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional.

Esta declaración formal de lo que se había sugerido en el momento de la puesta en marcha del mandato en noviembre apareció en las preguntas frecuentes actualizadas, publicadas a principios de esta semana.

“No hay ninguna exención específica de los requisitos de la norma para los conductores de camiones”, dicen las preguntas frecuentes de la OSHA.


Pero la OSHA continúa diciendo que la norma “establece que, incluso cuando el [mandato] se aplica a un empleador concreto, sus requisitos no se aplican a los empleados ‘que no se presentan en un lugar de trabajo en el que están presentes otras personas, como compañeros de trabajo o clientes’ o a los empleados ‘que trabajan exclusivamente al aire libre’.

“Por lo tanto, los requisitos del [mandato] no se aplican a los conductores de camiones que no ocupan vehículos con otros individuos como parte de sus tareas laborales”.

Nick Geale, vicepresidente de política laboral de la American Trucking Associations, dijo en un correo electrónico a los miembros del grupo que “la guía publicada hoy reconoce efectivamente que la mayoría de los conductores en solitario están exentos del mandato de vacunación o prueba, siempre y cuando se encuentren con otras personas exclusivamente en entornos exteriores o tengan sólo un uso de minimis de los espacios interiores (como el uso de un baño de varios puestos o entrar en una oficina administrativa para dejar el papeleo).”

Pero la exención no se aplica a los conductores de equipos. Las preguntas frecuentes dicen que los “requisitos del [mandato] no se aplican a los conductores de camiones que no ocupan vehículos con otras personas como parte de sus tareas laborales”.


Sí se aplica a los conductores “que trabajan en equipo (por ejemplo, dos personas en una cabina de camión) o que deben entrar habitualmente en edificios donde hay otras personas”, dicen las FAQ.

Lo que las FAQ denominan “uso de minimis” de las instalaciones no entra en los requisitos de la ley “siempre que el tiempo que se pase dentro sea breve o se produzca exclusivamente en el domicilio del empleado (por ejemplo, una pausa para comer en casa)”.

“La OSHA examinará el tiempo acumulado que se pasa en el interior para determinar si ese tiempo es de minimis”, según las preguntas frecuentes.

La Norma Temporal de Emergencia, como se denomina formalmente, se considera generalmente un mandato de vacunación. Sin embargo, existen vías para mantenerse dentro de las normas sin necesidad de la vacunación a través de las pruebas regulares.

El sector del transporte por carretera, desde principios de noviembre, ha estado operando bajo el supuesto de que los conductores solitarios no entrarían en las normas de vacunación y pruebas del mandato. Poco después de que el gobierno de Biden lo publicara, Marty Walsh, el secretario de trabajo, del que forma parte la OSHA, dijo en una entrevista en la CNBC que los conductores de camiones no entrarían en la norma, aunque, como reiteró la OSHA en las preguntas frecuentes, no existe una “exención para los camiones” específica.

Más o menos al mismo tiempo que Walsh dijo que en noviembre, Chris Spear, presidente y director general de la ATA, dijo en un correo electrónico a sus miembros que la organización había recibido indicaciones de los funcionarios del Departamento de Trabajo de que los conductores en solitario, que no interactúan una cantidad significativa con los demás, no entrarían en la regla.

Sin embargo, hasta que se publicaron las últimas preguntas frecuentes, el departamento no había aclarado cómo afectarían las normas propuestas al transporte por carretera, especialmente en lo que respecta a los conductores en equipo.

Todo esto será discutible si el Tribunal Supremo de EE.UU. rechaza el mandato.


El mandato entró técnicamente en vigor el lunes. Pero las acciones del Tribunal Supremo siguen siendo el centro del futuro de la norma.

El mandato afecta a las empresas de 100 o más empleados y se administraría bajo la autoridad de la OSHA. La mayoría de los observadores del tribunal que escucharon justo antes de Navidad el interrogatorio de los jueces a los funcionarios de la administración Biden sobre la capacidad del gobierno federal para imponer una normativa tan amplia creían que el tribunal se inclinaba por bloquear la aplicación de la norma.

El Tribunal Supremo se apresuró a revisar el mandato porque las decisiones de los tribunales inferiores están en conflicto sobre la cuestión de si la OSHA puede aplicar la norma. Sin embargo, la suspensión ordenada por el tribunal permitió que el mandato entrara en vigor el lunes.

La ATA es una de las partes demandantes en un litigio contra el mandato. En la carta de Geale, expresaba su descontento con las directrices sobre los conductores en equipo. “Aunque nos complace que nuestra defensa haya dado lugar a una exención para una gran parte de nuestra plantilla de conductores, creemos que esta orientación sigue siendo demasiado estrecha y no aborda plenamente nuestras preocupaciones en lo que respecta a los conductores de equipos y otros segmentos de nuestra plantilla”, escribió.

En un rápido análisis de las preguntas frecuentes de la OSHA, el bufete de abogados de Scopelitis, Garvin, Light, Hanson & Feary, especializado en el sector del transporte por carretera, dijo: “La guía debería ser útil para muchos de los conductores de la OSHA: “La orientación debería ser útil para muchos transportistas que se enfrentan a los desafíos logísticos de las pruebas de los conductores en carretera – y puede sugerir ciertos cambios operativos diseñados para garantizar la aplicación de la exención.”

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