Los reguladores federales han extendido una exención de las reglas de horas de servicio para los conductores que transportan carga relacionada con la pandemia, citando la necesidad de proporcionar capacidad a raíz de un posible aumento de las infecciones de COVID-19.
“Aunque el número de casos de COVID-19 comenzó a disminuir en los EE.UU. tras la introducción generalizada de las vacunas, los problemas persistentes derivados de la COVID-19 siguen afectando a los EE.UU., incluidos los impactos en las cadenas de suministro y la necesidad de garantizar la capacidad para responder a las variantes y el aumento potencial de las infecciones”, según una orden publicada por la Administración Federal de Seguridad de los Transportistas el lunes.
“Por lo tanto, se necesita una exención continua para apoyar la asistencia directa de emergencia para algunas cadenas de suministro”.
La exención de emergencia HOS ha sido modificada y ampliada varias veces desde que se emitió por primera vez en marzo de 2020. La última extensión estaba programada para expirar el martes. La extensión emitida el lunes se extiende hasta el 28 de febrero.
Los conductores de camiones a los que se les conceda el alivio deben estar proporcionando “asistencia directa” para ayudar a la “restauración inmediata de los servicios esenciales (como la atención médica) o los suministros esenciales relacionados con COVID-19 durante la emergencia”.
El “alivio reglamentario” de las normas HOS se concederá si el conductor está transportando:
- El ganado y los alimentos para el ganado.
- Suministros y equipos médicos para las pruebas de COVID-19.
- Vacunas y productos relacionados con las vacunas.
- Equipo de protección personal y otros productos de seguridad y desinfección.
- Alimentos y productos de papel para el reabastecimiento de las tiendas.
- Productos de combustible.
- Materiales de construcción y otros suministros para ayudar a los desplazados o afectados por cuestiones relacionadas con la pandemia.
La FMCSA enfatizó una vez más que la definición de “asistencia directa” termina cuando un conductor o un camión comercial se utiliza para mover carga interestatal o proporcionar servicios “que no son en apoyo de los esfuerzos de ayuda de emergencia relacionados con la COVID-19 o cuando el transportista envía un conductor o un vehículo de motor comercial a otro lugar para comenzar las operaciones en el comercio”.
La asistencia directa no incluye el transporte no de emergencia de los productos básicos enumerados o las entregas de rutina. La mezcla de cargas con una pequeña cantidad de las mercancías enumeradas tampoco puede acogerse a la exención.